viernes, 25 de mayo de 2007

Doctora Bárbara Yllán Rondero Primer Foro Legislativo Grupos Vulnerables en el siglo XXI


Doctora Bárbara Yllán Rondero, es licenciada en Derecho de la Facultad de Derecho de la UNAM, con la tesis profesional La responsabilidad del Estado en la atención a víctimas de delitos sexuales; tiene un diplomado en educación de la sexualidad por el Instituto de Educación Superior en Educación Especial, un diplomado en formación de psicoterapeutas corporales; concluyó la maestría en Derecho con orientación penal en la división de postgrado de la UNAM.
Fue directora del Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de enero a diciembre de 1997; ex directora general de Atención a Víctimas del Delito de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de diciembre de 1997 a febrero de 2000. También es autora de varios libros.
LA DOCTORA BARBARA YLLÁN RONDERO.- Muy buenos días.
Antes que nada, agradezco la invitación de los señores diputados de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y celebro que se lleve a cabo este tipo de foros, con la idea de tener un claro diagnóstico de cómo es y funciona la violencia intrafamiliar en nuestra ciudad para poder tener los elementos necesarios para poder legislar, que yo creo que es la función prioritaria, primaria que tiene la Asamblea Legislativa de nuestra ciudad.
Y digo que celebro la idea de tener un diagnóstico, porque podría pensarse y así ha sido en muchas ocasiones en otras legislaturas, que lo importante es contar con ordenamientos legales, más allá de verificar si estos tienen una adecuada aplicación y si están de acuerdo con la realidad con la que cuenta nuestra ciudad.
Y en ese sentido lo primero que yo quiero comentar es el tema de la prevención de la violencia, yo creo que es una de las situaciones y circunstancias que más hemos oído, que más se ha dicho, que es lo más importante es prevenir, antes que corregir y antes que atender otro tipo de circunstancias que tengan que ver con un delito o con la idea de que la violencia intrafamiliar puede ser también una falta administrativa.
Esto me ha preocupado mayormente porque hemos entendido mal el concepto de lo que es la prevención de la violencia. Hemos entendido que la idea de prevenir es simplemente transmitir información, hacer carteles, dar charlas, pláticas, dar talleres, hacer trípticos, hacer ferias como la que se hace en nuestro Zócalo cada 8 de marzo y con eso la asignatura está completa en el tema de prevención, y la verdad es de que es una simulación en el tema de prevención, porque la prevención implica un cambio conductual, implica un cambio de cultura, que no se puede dar con estas herramientas, y además es muy difícil medir el impacto que puede tener la transmisión de cultura con indicadores serios que tendrían que ser dados precisamente a través de un cambio cultural.
Yo escuchaba con mucha atención a la señora Covadonga y al doctor Pando, y estoy segura que en el transcurso de esta mañana ustedes han oído problemáticas, han oído lo que falta por hacer, han oído lo que no se hace, han escuchado que la violencia intrafamiliar es un problema muy grave y que parece que todas las acciones que el Estado mexicano articula son estrategias leves, lo más leve posible y, sobre todo, para que a nivel internacional califiquen a nuestro país como una nación que está cumpliendo con todos los instrumentos internacionales. Oigo también a muchas compañeras que son luchadoras sociales que hablan de la Convención de Belem do Pará, de la Convención de la CEDAW y sienten que estos son los instrumentos fundamentales y básicos para que avance nuestro país y que a nivel internacional tengamos un reconocimiento.
Pero bien dicen que el juez por su casa debe empezar. Antes de que internacionalmente se nos ponga las palomitas adecuadas por el desarrollo como país, tendríamos que ver justamente esta idea del diagnóstico, que es tomarnos la temperatura para saber si efectivamente estamos resolviendo o no la problemática de violencia intrafamiliar.
En nuestra Ciudad, desde 1996, se contó con el primer instrumento para atender a la violencia intrafamiliar que fue la Ley de Asistencia y Prevención. Tiene ya 10 años, ha sufrido diferentes modificaciones y sin embargo no estoy segura que la Ley se haya aplicado debidamente o mínimamente nunca en estos 10 años, y por eso hablaba de la prevención.
¿Entonces qué es el asunto de la prevención? Pues el asunto de la prevención en Estados Unidos también llamó la atención de sobremanera y se hicieron estudios muy puntuales para analizar cuáles habían sido las estrategias que el Estado había implementado para la prevención y llegaron a la conclusión de que habían implementado muchas acciones, pero sólo les había faltado una, la aplicación de la Ley. Eso no lo habían usado como una estrategia de prevención.
Y esto viene a colación porque aquí se manejó y la señora Quarón hizo referencia a una ley que es la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia. Yo les quiero comentar que en lo particular me encargaron el proyecto original de esta Ley que después sufrió por la cuestión de negociaciones de las juntas políticas y de los partidos políticos, una transformación y un colage y en las leyes los colage no son buenos; el colage es para el arte.
Entonces quedó una ley extraña, pero no sólo extraña, sino que la propaganda que el Senado dice que ahora sí no van a tocar a nadie con el pétalo de una rosa, que ahora sí se incorporaron sanciones y castigos más severos, es una mentira.
En ninguna parte del cuerpo de la ley viene esto. viene simplemente la creación de un sistema que va a tener como objetivo fundamental que los diferentes entes públicos a nivel federal puedan tener acciones determinadas; a la Secretaría de Seguridad Pública Federal le tocará esto; a la Procuraduría General de la República le tocará una serie de circunstancias. Para eso no se requiere una ley. Eso se llaman políticas públicas y hemos cometido el error de que las políticas públicas que el Estado debe asumir en cumplimiento a sus facultades, se convierten en ley.
¿Y qué sucede si el Estado no las hace? Absolutamente nada. No hay ninguna sanción. Y si eso pasa a nivel federal, ¿cómo estamos en el Distrito Federal? Bueno tampoco es halagador.
Fíjense ustedes, conforme a la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, la violencia familiar es una falta administrativa y es un delito, tiene doble sanción. ¿Qué más queremos las mujeres y los niños que sufren maltrato? Está doblemente sancionada.
Como es una falta administrativa tiene hasta 180 días de multa por salario mínimo y tiene hasta de 36 horas de arresto administrativo. Esto lo hacen las unidades de violencia intrafamiliar llamadas UAVI, que contamos con una en cada Delegación Política.
Tiene para aplicar esta ley 3 procedimientos: uno conciliatorio, que la gente que se equivoca y lee reconciliatorio, y otro que es el de amigable composición, que es arbitraje y sanciones administrativas. Pero esto que les cuento lo dice la ley.
En mi experiencia en los últimos 10 años no ha habido arrestos de ninguna persona que genere maltrato. En mi experiencia en estos 10 ó 12 años que está vigente la ley, tampoco hay multas. Tampoco hay procedimientos arbitrales. ¿Cuál es la estadística que nos dan? La estadística que nos dan y ustedes pueden accesar en Internet, si no me creen, pueden accesar y revisar que se marca con toda claridad que sólo están el número de personas atendidas, algunos citatorios, pero nunca nos dicen cuántos arrestos, cuántas multas, cuántos procedimientos de arbitraje. ¿Qué sucede? No hay aplicación de esta ley. ¿Por qué? Pues podemos llamarle como gusten, falta de voluntad política, tropiezo institucional, alzhameir institucional, no lo sé. Pero la cosa es que no se aplica.
Pero tenemos que la violencia familiar también es un delito. Pues bueno, pues alrededor de mil 500 personas fundamentalmente mujeres y me perdonaran los señores que me enfoque al asunto de las mujeres, pero las estadísticas dicen que en nuestro país el 89 por ciento de las personas que sufren violencia son mujeres, cifras que coinciden con las de Naciones Unidas que dice que el 75 por ciento de la violencia que se ejerce en el mundo es contra las mujeres.
Entonces no es una obsesión de género. Es la realidad. Y podríamos acotar que los menores de edad no han tenido ni hay modelos en nuestro país para poder tener un registro de violencia infantil. Por eso creo que está en un subregistro, lo reconozco plenamente.
Creo que el problema de detección del maltrato infantil es algo que nos quedamos con Kempa Marcovich en los años 70 y no hemos avanzado mayormente.
Pero en el tema este de mujeres, de las mujeres que están viviendo violencia familiar, las mujeres que son necias y fíjense bien, subrayo, necias con la aplicación de la ley, van y presentan su denuncia. ¡Ah!, pero no es tan sencillo. ¿Por qué no es tan sencillo? Porque de manera ilegal, inadecuada, contra lo que señala la legislación penal que es un delito la violencia familiar, repito; no es un tropiezo, no es una trasnochada, no es un error, es un delito, levantan actas especiales y ¿qué es eso? No se inicia una averiguación previa, es como una notificación, como una constancia.
Entonces las mujeres tienen que saber que cuando a la agencia del ministerio público tienen que exigir que se inicie la averiguación previa porque corren el riesgo, que es una cuestión general de nuestra ciudad la falta de cultura legal y la poca claridad de quienes están en la aplicación de la ley, corren el riesgo de que les levanten un acta especial. ¿Por qué es importante las actas especiales si no figuran en la ley?
Eso tendríamos que ver establecer algunas medidas para prohibir las actas especiales. ¿Por qué hay actas especiales? Porque así el ministerio público ya no investiga, porque una averiguación previa tiene que investigarse y tener una resolución. ¿Consigno o no consigno? ¿Hago algo o no lo hago? ¿Por eso? No, no solamente por eso, sino porque estadísticamente cuando nos dicen en la ciudad cuántos delitos se han cometido, se basan en las denuncias formales, nunca en las actas especiales.
Esas son cifras, no puedo llamar negras, grises. Porque la cifra negra es lo que no se denuncia. Entonces es lo gris lo que ocultamos, es la parte que se habla del maquillaje de las cifras, porque las cifras también se maquillan, no solamente las mujeres nos maquillamos, también las cifras.
Entonces tiene para nosotras un efecto gravísimo porque no hay ciertamente una aplicación adecuada de la ley. Una vez que la mujer fue necia y logró hacer su denuncia, logró que penalmente se iniciara una investigación, hay que estar pendiente de la acreditación y de la investigación.
Yo nada más les digo, anualmente en el Distrito Federal se inician de estas denuncias penales, no de las actas especiales, mil 500 casos que es lo que se puede consultar y de esos mil 500 casos qué porcentaje creen que se consigne, es decir que se pone a disposición de un juez. ¿Les gusta un 10 por ciento? Con la presión de los titulares del ministerio público de otorgar el perdón, otorga el perdón, porque como es un delito de querella, es decir se puede otorgar el perdón, es perseguible a petición de parte y no es de oficio, tiene que haber esta circunstancia de poder otorgar el perdón. Una vez que se ha otorgado el perdón, cesa toda acción.
Hubo una reforma interesante en la Legislatura pasada que establecía que el perdón podía ser revocable dentro de un año con la violencia familiar. Eso nadie lo sabe. Ninguna de las personas que están aquí presentes creo hay hecho uso de la revocación del perdón y tampoco estoy segura que sea constitucionalmente viable porque entonces independientemente de que uno esté en descuerdo con quien generó la violencia, el agresor de la violencia tiene también derechos y obviamente no hay certeza jurídica.
Creo que habrá que revisar en la nueva Legislatura con toda precisión la revocación del perdón. Pero además hay un punto importante. Una de las cosas rescatables de la Ley de Acceso que es una ley también light con inaplicabilidad total, pero de los puntos rescatables que maneja viene con claridad que no se permitirá la mediación ni la conciliación en violencia familiar. ¿Qué significa? De entrada significa como es una ley general y es indicativa para nuestra Ciudad, que tendrá que modificarse y tendrá que derogarse que el delito de violencia intrafamiliar sea de oficio, que sea de querella y se convierta en un delito de oficio.
Personalmente durante muchos años creí que tenía que ser de querella porque las mujeres tendríamos que decidir cuándo seguir con nuestra acción y cuándo no. Era muy importante que ese poder lo tuviéramos las mujeres y digo las mujeres por la cuestión estadística, pero podría ser las víctimas del delito para no usar un género. Puede haber hombres que sean maltratados en sus diferentes modalidades psicológico, físico, no lo descartamos para que no haya sentimientos inadecuados aquí.,
Pero ciertamente creo que el problema no es que los ciudadanos puedan tomar en sus manos la justicia penal a través de los delitos de querella. A mí me parece muy adecuado. Si yo fuera legislador ampliaría el catálogo de delitos de querella. Los ciudadanos tienen que tener en su poder el estado punitivo del estado. No debe quedar solamente en manos del Estado si decido o no el ejercicio de la acción penal.
De tal manera que esa era mi pensamiento, pero me di cuenta que no estaba preparado el sistema penal mexicano, que quienes no podemos aplicar el sistema penal, abogados, jueces, ministerios públicos, todo lo que es el aparato legal, es el que no está preparado para los delitos de querella. ¿Por qué?
Porque donde dice conciliación, leen reconciliación. Y entonces aplican su sentido común que como comprenderán no siempre es el más común de los sentidos. Entonces obligan, presionan a la gente para que no haya esta denuncia. ¿Qué significa ahora?
Que muchísimas mujeres tienen que estar transitando en la aplicación de la ley con un abogado junto si quieren tener éxito. Y a pesar de que el Estado debe de otorgárselos, en la práctica no es así. En la práctica el seguimiento de las indagatorias es mínimo.
Y volviéndose a esa estadística, yo creo que la estadística dice mucho más que las palabras. Yo puedo decir que he atendido a 20 mil, 30 mil personas. Es una cifra interesante, impactante. ¿Cuántas de esas mujeres consignaron su expediente? ¿Cuántas tuvieron la suerte de que se ejercitara acción penal y cuántas de esas consignaciones llegaron a sentencia condenatoria y condenaron a la reparación del daño?
Aproximadamente de mil 500, se consigan entre un 5 y 10 por ciento, 150, vamos ser generosos. ¿De esos 150, cuántas logran tener sentencia condenatoria? Vamos a ser generosos, 50.
¿Cuántas de esas podemos pensar que van a tener ciertamente una reparación del daño? Entonces ni las unidades de violencia intrafamiliar, como falta administrativa, ha tenido una adecuada atención. No hay arrestos, no hay consecuentemente multas.
Y finalmente yo sólo diría que otras reformas, porque este es un espacio legislativo y entonces tenemos que pedirle a nuestros diputados, la revisión puntual del Código Civil en materia de violencia familiar; la revisión puntual del Artículo 267 para quitar todas las causales de divorcio y establecer una sola causal. Con eso evitaríamos muchos asuntos de violencia y con eso voy a concluir, ¿por qué?
Porque cuando yo me casé, la pregunta fue ¿Se quiere casar o no? Había una sola causal. ¿Quiero o no quiero? No me dijeron por qué se quiere casar. Hay veinte y tantas causales para poderse casar. ¿Por qué para divorciarme tengo veinte y tantas? Cuando también es ya no quiero. Eso ayudaría mayormente.
Y luego tenemos que adecuar el tema de la aplicación de la ley. Este Organo Legislativo no sólo tiene facultades para crear leyes. Debe ver que se apliquen en materia de violencia intrafamiliar y eso quisiera que quedara como conclusión.
Nuestro gran problema es que hay una gran simulación y las leyes en esta Ciudad no se aplican.
Muchas gracias.

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